10 diciembre 2008

09 diciembre 2008

Campaña contra la piratería de palomitas de maíz


El mensaje no puede ser más claro: "Sin el negocio de las palomitas, las salas de cine no podríamos subsistir". Son las tristes y desoladoras palabras de Ángel Martín, director para la zona noroeste de Yelmo Cines, una de las empresas que mayor bien hacen a nuestro cine y que ahora mismo está casi herida de muerte.

A Ángel martín no le preocupa la piratería de películas por parte de los malvados e insensibles internautas, ya que el cine "lleva al menos seis años en crisis". Lo que de verdad preocupa a Ángel Martín es otro problema; un problema que atemoriza cada día a más y más empresas de reproducción de cine, pero ninguna quiere dar la cara y contarlo por lo que les pueda pasar. Hablamos de un tipo de delito (qué digo de delito, de crimen directamente!) mucho más peligroso que la piratería del cine, mucho más peligroso que el eMule, Rapidshare y Vagos.es juntos.

Hablamos de la piratería de palomitas de maíz.

En efecto, condescendientes y alarmados lectores. Lo que de verdad está matando a las salas no es la piratería del cine, sino la piratería de las palomitas. Hasta hace poco, la venta de palomitas originales constituía el principal motivo de negocio y sustento de las salas. Sin embargo, y en orden a la mala fe y a la violación de las leyes vigentes, desde hace un tiempo se viene produciendo una creciente piratería de palomitas de maíz a cargo de maléficos delincuentes que las consumen en su casa previa adquisición en un supermercado, rebajando así considerablemente los costes y dando al traste con la industria palomitera. Los consumidores se escudan en que esas palomitas no son más que una copia privada para consumo propio en sus viviendas, pero que no te engañen: el consumo de estas palomitas supone un fraude y un auténtico delito contra la propiedad intelectual y de venta, que corresponde única y exclusivamente a las salas de cine.

Puede parecer un problema menor, pero lo que estos estafadores te ocultan es que en realidad los autores, los creadores de cultura de este país, reciben una generosa parte de los beneficios derivados de las ventas de palomitas, con lo que si consumes palomitas en cualquier otro sitio que no sea una sala de cine, estás acabando con la cultura y violando la ley vigente.

La cultura te necesita, pero la industria palomitera aún más. No permitas que cuatro ladrones acaben con la cultura gastronómica más antigua de este país. Por la legalidad y por el respeto a la cultura, NO A LA PIRATERÍA DE PALOMITAS DE MAÍZ.

No comas palomitas en casa. CONSUME PALOMITAS DE MAÍZ SÓLO EN EL CINE. La piratería acabará con la industria palomitera.

SGAE revisa las maletas de los 'Dj´s': si los discos son copiados se terminó la fiesta

Intervención policial en la madrileña Sala Low

Pinchar con discos originales ha dejado de ser una cuestión de principios o prestigio, ahora también es un asunto legal. Esa práctica tan extendida por muchos Dj´s, la de utilizar CD´s copiados o incluso de listas de canciones en mp3 reproducidas directamente en un ordenador, parece ser el nuevo frente de batalla de la Sociedad General de Autores (SGAE).

En la imagen, que ha llegado de forma anónima a la redacción de El Confidencial, puede verse la cabina de la madrileña sala Low durante una sesión de Dani Rivero Baughman, uno de los Dj´s residentes, justo en el momento en el que la policía municipal interrumpe su sesión para comprobar si las copias de las que hace uso son originales. Se desconoce el desenlace de los hechos, ya que tanto el protagonista como la sala han rehusado hacer declaraciones, mientras, fuentes policiales han asegurado que este tipo de intervenciones se realizan a instancias de un juez para comprobar unos hechos concretos denunciados previamente por SGAE y cuyo fin no es otro que el de garantizar la legalidad de las copias que se utilizan en las salas.

Sesiones legales o multas millonarias

El canon que paga el establecimiento por poner música no es suficiente para que la fiesta esté permitida. La Ley de Propiedad Intelectual vigente exige que la música que se escucha en las salas proceda de copias originales. De esta manera, el artista que suena garantiza sus derechos de autor, más concretamente los de reproducción y de comunicación pública, que impiden que su música se reproduzca sin autorización previa de él mismo o de su discográfica en cualquier lugar que no sea el uso privado en un ámbito doméstico.

Ante esto surge una pregunta, ¿qué hay de esa copia privada o de seguridad que permite la ley? ¿Pueden los Dj´ pinchar con copias y dejar los originales en casa? Lo cierto es que en el artículo 31 de la Ley de Propiedad Intelectual, que rige las excepciones en las que las copias privadas son lícitas, no hay ninguna que contemple esta posibilidad, por lo que en principio no sería posible.

El hecho de que sea la policía la que interrumpe la sesión del Dj implica una denuncia por la vía penal, la cual, supone un delito de ánimo de lucro registrado en el artículo 270 del Código Penal. Según fuentes jurídicas, por esta vía, la penal, es mucho más difícil conseguir imputar a la sala o el Dj que por lo civil, primero, porque resulta complicado demostrar un ánimo de lucro procedente de esa música y, segundo, porque la vía penal está reservada para hechos graves o muy graves. Pero en el caso de que una sala o su pinchadiscos resulten imputados por este tipo de delito, las penas pueden oscilar entre 6 meses o 2 años de prisión.

Dentro del sector se teme que la escena internacional se traslade a España. Hace cuatro años un conocido Dj italiano fue imputado con 1,4 millones de euros de multa después de ser acusado de utilizar multitud de DVD´s y archivos mp3 para sus sesiones en un club de Roma. Recién estrenada la polémica campaña del Ministerio de Cultuta, “Si eres legal, eres legal” el debate se traslada a las salas y a las cabinas de los DJ´s, en las que hasta ahora lo único que solía interrumpir era alguna petición musical o la curiosidad del que pregunta por el nombre del grupo que suena en ese momento. De ahora en adelante puede que pinchar con CD´s originales o incluso con vinilos no sea sólo una cuestion de gusto, sino un requisito profesional, pero si lo que se utiliza para pinchar son descargas mp3 compradas en iTunes, ¿habrá que enseñar la factura?

01 diciembre 2008

Las 10 verdades del P2P que dice Cultura que son mentira

Me permito colocar este articulo publicado por El País, sin ponerme de parte de nadie, que cada uno escoja la versión que mas le interese.


El Ministerio publica un decálogo contra la piratería que refutan las asociaciones de internautas y otros colectivos de la Red

RAMÓN MUÑOZ - Madrid - 01/12/2008 (El País)

El Ministerio de Cultura, dentro de su campaña Si eres legal, eres legal contra la "piratería" en Internet ha colgado en su página web un decálogo con "Las 10 mentiras más difundidas sobre propiedad intelectual". Bajo la consigna "Los ilegales intentan engañarte... ¡No te dejes manipular!, para que nadie te time", el Ministerio que dirige César Antonio Molina señala que las descargas de música y películas no son legales, que los programas de intercambio de archivos P2P (como el eMule) son perseguibles judicialmente, no son seguros, y suponen un expolio para los artistas y creadores.

No obstante, el decálogo ha sido refutado punto por punto por las asociaciones de internautas, blogs y otros colectivos ciudadanos relacionados con la Red. Este es el antidecálogo basado en sus opiniones:

1.- Lo que está en Internet es gratis

Ministerio de Cultura: ¡Falso! La música, el cine, las imágenes, los textos, los videojuegos que están en Internet han sido creados por personas. Es a ellas a las que corresponde disponer si su utilización es libre y gratuita o, por el contrario, poner un precio a su uso.

Antidecálogo: ¡Verdadero! Lo que está en Internet puede ser gratis, de pago o incluso de ambas categorías, gratis por un tiempo con opción a compra (share). En el caso de los vídeos y la música, los creadores pueden exigir un precio a los que comercializan esos contenidos o se lucran con ellos (iTunes, Google, Yahoo, etcétera)

2.-Bajarse música o películas de Internet es legal

Cultura: ¡Falso! Cuando los dueños de contenidos autorizan la descarga gratuita, sí es legal. Si la descarga no está autorizada por los titulares de los derechos, tiene lugar una infracción de la propiedad intelectual.

Antidecálogo: ¡Verdadero! Las descargas de música son legales o, más precisamente, no son ilegales. Lo dice una sentencia de 2006 del juzgado de lo Penal número 3 de Santander que absolvió a un internauta, para quien se pedían dos años de cárcel por descargar y compartir música en Internet, por considerar que esa práctica no es delito, si no existe ánimo de lucro, y está amparada por el derecho de copia privada.

3.- Si no aparece el símbolo © en un contenido en Internet lo puedo utilizar

Cultura: ¡Falso! La ausencia del símbolo no indica que el contenido es de utilización libre. Para que así sea el titular lo ha tenido que hacer constar expresamente.

Antidecálogo: ¡Verdadero! Siempre que no tenga ánimo de lucro, el usuario particular no tiene medios a su alcance para comprobar si un contenido está o no protegido por copyright. Corresponde a las empresas de la Red poner los medios tecnológicos para garantizar este derecho. Por ejemplo, YouTube ha creado su sistema Video ID que permite a los titulares de los derechos identificar sus contenidos y decidir que hacer con ellos: bloquearlos, autorizarlos o comercializarlos.

4.- Es legal copiar o utilizar un contenido de Internet siempre que se cite al autor

Cultura: ¡Falso! Debemos mencionar la fuente y el autor cuando utilizamos una cita en un trabajo de investigación o en un artículo. En estos casos, el fragmento ha de ser corto y proporcionado al fin de la incorporación. Y si no estamos citando, sino utilizando una obra sin autorización, debemos obtener una autorización del titular.

Antidecálogo: Verdadero. El propio enunciado de Cultura se contradice. Una cosa es usar un contenido y otra plagiar. El plagio es perseguible dentro y fuera de Internet. La cita, no. Respecto a la copia, en España se paga un canon por todo aparato o servicio que es susceptible de copiar o grabar (DVD, mp3, móviles, fotocopiadora, memorias flash y usb, etcétera) contenidos protegidos. El importe de ese canon digital (118 millones de euros este año) se reparte entre los autores y creadores.

5.- Cuando intercambio música y contenidos a través de programas peer to peer (P2P), no necesito autorización

Cultura: ¡Falso! La utilización de estos programas supone la explotación de derechos de propiedad intelectual que no han sido autorizados, por lo que constituye una infracción de los derechos de propiedad intelectual.

Antidecálogo:¡Verdadero!. En España, no hay ningún fallo judicial que diga que el p2p necesita autorización. Al contrario, una sentencia firme de la Audiencia Provincial de Madrid del pasado mes de septiembre absolvió a los promotores de Sharemula, una página web de enlaces, señalando que enlazar a las redes de p2p "no supone vulneración de los derechos de propiedad intelectual".

6.- Los intercambios de archivos a través de las redes P2P son legales

Cultura: ¡Falso! Si estos intercambios tienen lugar sin la autorización de los titulares de los derechos de propiedad intelectual, son actos ilegales.

Antidecálogo: ¡Verdadero! Además de lo dicho en el punto cinco, la doctrina de la Fiscalía General del Estado (circular de mayo de 2006) señala que el intercambio de archivos través del sistema p2p no es incriminable penalmente. Es cierto que la Fiscalía señala que pueden constituir un ilícito civil, pero tampoco ha habido un fallo judicial en vía civil contra internautas que hayan usado el p2p sin ánimo de lucro.

7.- Las redes P2P son seguras

Cultura: ¡Falso! La seguridad es un grave problema ya que damos entrada a nuestro ordenador a todos aquellos que estén conectados a ella. Cualquiera puede circular libremente y acceder a nuestros datos: IP, tipo de descargas que estamos haciendo, número de teléfono y otra información de seguridad que figure en el ordenador.

Antidecálogo: ¡Verdadero! Las redes p2p son tan seguras como lo quiera el usuario, que puede decidir libremente los contenidos que comparte de su ordenador y filtrar mediante antivirus los contenidos que se descarga. Es curioso que Cultura denuncie esta falta de seguridad cuando quiere implantar un modelo de control de las descargas como el francés por el que una autoridad extrajudicial tendría acceso a todos esos datos de nuestro ordenador.

8. La industria cultural y los artistas ya ganan suficiente así que no perjudico a nadie si no pago

Cultura: ¡Falso! Los autores, los artistas y las industrias de contenidos de propiedad intelectual tienen el derecho legítimo a ganar dinero, triunfar y tener una carrera exitosa, como ocurre en cualquier sector profesional. No se justifica que a este sector se le discrimine y se cuestione su derecho a ser retribuido.

Antidecálogo: ¡Verdadero! La industria cultural como todas debe adaptarse a los nuevos tiempos y a los cambios tecnológicos. Con los mismos argumentos, los linotipistas estarían autorizados a pedir la prohibición de la informática. En contra de lo que dice Cultura, es la propia industria audiovisual la que exige una discriminación positiva (subvenciones, prohibición del P2P, canon digital, etcétera) de la que no goza ningún otro sector productivo.

9.- Las descargas ilegales promocionan a los artistas y a los autores, que ven difundidos sus trabajos y se dan a conocer sin necesidad de la industria

Cultura: ¡Falso! Detrás de los autores y los artistas hay una industria que les da trabajo, los da a conocer e invierte en ellos.

Antidecálogo: ¡Verdadero! Ningún artista famosos se ha arruinado por las descargas ni siquiera los que como Prince han tratado de perseguirlas (pidió una indemnización a una madre que le puso una canción suya a su bebé). En cuanto a los modestos, Internet ha dado la posibilidad a cientos de grupos, entre ellos algunos tan famosos como Arctic Monkeys, de acceder al público, sin tener que pasar por el filtro de las discográficas que decidían hasta ahora quién publicaba y quién no.

10.- El acceso a los productos culturales tiene que ser gratis y eso es lo que consiguen las redes P2P

Cultura: ¡Falso! Las infracciones de derechos de propiedad intelectual realizadas a través de Internet (descargas ilegales) no pueden confundirse con el derecho de acceso a la cultura, una forma de libertad de expresión o de desobediencia civil legítima, ni tampoco como algo inevitable e intrínseco a la Red.

Antidecálogo:¡Verdadero! Las redes P2P democratizan el acceso a los contenidos culturales permitiendo disfrutar de obras que no se comercializan por falta de rentabilidad o porque están descatalogadas. La industria debe encontrar nuevas formas de rentabilizar sus activos. iTunes, Amazon y otras plataformas de pago ya han demostrado que se puede hacer.